Objetivos
- Participar en la definición del proyecto educativo y en la actividad general del centro ateniendo a criterios de gestión de calidad.
- Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos y garantizar el bienestar de los alumnos.
- Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.
- Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.
Normativa de referencia
- El proyecto Educativo. Art. 121
- El proyecto de Gestión. Art. 123
- Normas de Funcionamiento. Art. 124
Proyecto Educativo de Centro (PEC)
- El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos, tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro. Es un instrumento para la convergencia educativa del centro
- El PEC busca un modelo educativo ideal y es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
Contenidos
Punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro. - Valores, objetivos y prioridades de actuación.
- Concreción de los currículums y la transversalidad.
- Plan de Acción Tutorial (PAT)
- El Plan de Normalització lingüística.
- El Plan para el fomento de la lectura.
- El Plan de transición de la Ed. Primaria a la ESO.
- El Reglamento de Régimen interno (RRI).
- El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
- Las medidas de atención a la diversidad
- Las mejoras adoptadas a consecuencia de los resultados de la evaluación diagnóstica del curso anterior.
- El proyecto del comedor escolar.
- Las acciones de formación del profesorado.
- Los criterios para:
- la organización y funcionamiento del centro
- la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa
- la coordinación con los servicios del municipio
- las medidas de coordinación entre el 2º ciclo de EI y Primaria
- las medidas organizativas para la atención del alumnado que no cursa religión en EI - mecanismos de cooperación entre representantes legales del alumnado y el centro
La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro.
Lo elabora el equipo directivo con las directrices de:
- Consejo escolar
- propuestas del Claustro/ y la AMPA
- Consejo escolar
- propuestas del Claustro/ y la AMPA
- lo aprueba el Director/a.
Principios del PEC
- No discriminación: Igualdad
- Inclusión educativa
- Acceso a la Comunidad Educativa
- Orientación por parte de la Administración Educativa
- Coordinación Primaria-IES
- Modelos de Programación.
Proyecto de Gestión
Extraído de la Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo, de Educación.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.
Ejemplo de Gestión de Personal I
- Protocolo de acogida del profesorado
- Asignación de tutorías
- Criterios de confección de los horarios
- Modelos de Comunicación de horarios
- Criterio de sustituciones
- Información de sustituciones al profesorado
- Protocolo de gestión de faltas y retrasos
- Licencias y permisos del profesorado
- Plan anual de formación del profesorado
- Protección de datos personales
- Plan de actividades socio-docentes
- Plan de seguridad y salud laboral
- Consumo responsable de recursos
- Mejora de la coordinación docente
- Modelos de Comunicación de horarios
- Protocolo de comunicación interna
- Protocolo de participación del profesorado
- Código deontológico docente
- Reconocimiento de las buenas prácticas
- Plan anual de formación del profesorado
- Protección de datos personales
- Consenso y debate sobre el Plan General de recursos humanos
Proyecto Curricular
Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
- La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
- Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias.
- La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
- Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
- Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
- Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario
- La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial
- Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con NEE.
- Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
- Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán.
- Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo.
- Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.
Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.
Los órganos de coordinación son:
- Equipos de ciclo.
- Comisión de Coordinación Pedagógica.
- Tutores.
- Equipos de ciclo.
- Comisión de Coordinación Pedagógica:
- El director/a
- Jefe/a de estudios
- Los coordinadores de ciclo.
- La PT del centro.
- La PT del Servicio psicopedagógico Escolar.
Reglamento de Régimen Interno
Conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.
Normas de funcionamiento recogidas en el Título V, Art. 124 de la LOE.
Normas de funcionamiento recogidas en el Título V, Art. 124 de la LOE.
- Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.
- Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.
Contenidos del RRI:
- La organización para la participación de todos.
- La organización y reparto de responsabilidades.
- Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
- La organización de los espacios del centro.
- Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.
En la elaboración del RRI el Claustro podrá aportar criterios y propuestas.
La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI.
El RRI será aprobado por el Director/a del centro.
Programación General Anual
Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación
Contenidos de la PGA
- El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
- Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
- El PEC y sus modificaciones. Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
- El programa anual de actividades extraescolares.
- La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
- El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
- El calendario de evaluación y entrega de la información.
- Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
- Una memoria administrativa con documentos de organización.
- El programa anual de formación permanente del profesorado.
- El programa anual de comedor escolar.
La coordinación de la elaboración de la PGA es del Equipo directivo de acuerdo con la directrices de:
- Consejo escolar
- propuestas del Claustro y la AMPA.
- aprobación por parte del Director/a del centro.
- Consejo escolar
- propuestas del Claustro y la AMPA.
- aprobación por parte del Director/a del centro.
Régimen Económico del Centro
Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos) Los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
- Buena organización y funcionamiento de los Centros.
- Transparencia en el gasto.
- Autonomía en la gestión económica y financiera.
- Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios.
- Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica.
- Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
- El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro.
- Se presentará a la Comisión Económica para su valoración.
- Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries “,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior
- El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico.
- El secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
- La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.
- El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores.
- Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda de la Conselleria de Educación.
- Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos.
- Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
- Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente.
- Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.

No hay comentarios:
Publicar un comentario