miércoles, 21 de octubre de 2015

Tema 3. " Documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro"

Objetivos

  • Participar en la definición del proyecto educativo y en la actividad general del centro ateniendo a criterios de gestión de calidad.   
  • Conocer modelos de gestión de calidad y su aplicación a los centros para promover la calidad de los contextos educativos y garantizar el bienestar de los alumnos.   
  • Analizar la gestión de los centros y su capacidad de innovación a través de los documentos institucionales.  
  • Conocer y aplicar experiencias innovadoras en educación primaria.  



Normativa de referencia



     
      Capítulo II. Autonomía de los centros. Autonomía Pedagógica
  • El proyecto Educativo. Art. 121
  • El proyecto de Gestión. Art. 123
  • Normas de Funcionamiento. Art. 124

Proyecto Educativo de Centro (PEC)


  • El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos, tiene que ser una escueta especificación de las señas de identidad del centro. Es un instrumento para la convergencia educativa del centro  
  • El PEC busca un modelo educativo ideal y es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.

    Contenidos 

    Punto de partida: las necesidades específicas del alumnado y del contexto escolar, socioeconómico, cultural y sociolingüístico del centro.
  • Valores, objetivos y prioridades de actuación.
  • Concreción de los currículums y la transversalidad. 
  • Plan de Acción Tutorial (PAT) 
  • El Plan de Normalització lingüística. 
  • El Plan para el fomento de la lectura. 
  • El Plan de transición de la Ed. Primaria a la ESO. 
  • El Reglamento de Régimen interno (RRI). 
  • El diseño particular de los programas lingüísticos que aplique el centro.
  • Las medidas de atención a la diversidad 
  • Las mejoras adoptadas a consecuencia de los resultados de la evaluación diagnóstica del curso anterior.
  • El proyecto del comedor escolar.
  • Las acciones de formación del profesorado.
  • Los criterios para:
      - la organización y funcionamiento del centro
      - la participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa
      - la coordinación con los servicios del municipio
      - las medidas de coordinación  entre el 2º ciclo de EI y Primaria
      - las medidas organizativas para la atención del alumnado que no cursa religión en EI   - mecanismos de cooperación entre representantes legales del alumnado y el centro

     La publicación e información del PEC se llevará a cabo por el director/a del centro.
     Lo elabora el equipo directivo con las directrices de:
        - Consejo escolar
        - propuestas del Claustro/ y la AMPA
        - lo aprueba el Director/a.
 
   Principios del PEC
  • No discriminación: Igualdad
  • Inclusión educativa
  • Acceso a la Comunidad Educativa
  • Orientación por parte de la Administración Educativa
  • Coordinación Primaria-IES
  • Modelos de Programación.

Proyecto de Gestión

Extraído de la Ley Orgánica 2/2006 del 3 de mayo, de Educación.

  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.  
  • Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los límites de la ley.   
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras.
  • Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.


     Ejemplo de Gestión de Personal I  

  • Protocolo de acogida del profesorado 
  • Asignación de tutorías
  • Criterios de confección de los horarios 
  • Modelos de Comunicación de horarios
  • Criterio de sustituciones 
  • Información de sustituciones al profesorado 
  • Protocolo de gestión de faltas y retrasos 
  • Licencias y permisos del profesorado 
  • Plan anual de formación del profesorado 
  • Protección de datos personales 
  • Plan de actividades socio-docentes 
     Ejemplo de Gestión de Personal II
  • Plan de seguridad y salud laboral
  • Consumo responsable de recursos
  • Mejora de la coordinación docente 
  • Modelos de Comunicación de horarios
  • Protocolo de comunicación interna
  • Protocolo de participación del profesorado
  • Código deontológico docente
  • Reconocimiento de las buenas prácticas
  • Plan anual de formación del profesorado 
  • Protección de datos personales
  • Consenso y debate sobre el Plan General de recursos humanos

Proyecto Curricular

     Los proyectos curriculares concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado. 

  • La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar. 
  • Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias. 
  • La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
  • Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
  • Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo. 
  • Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del currículum ordinario
  • La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial 
  • Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con NEE.
  • Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
  • Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán. 
  • Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo. 
  • Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.      
     Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica  del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.   
Los órganos de coordinación son: 
  • Equipos de ciclo.
  • Comisión de Coordinación Pedagógica.
  • Tutores. 
  • Equipos de ciclo.
  • Comisión de Coordinación Pedagógica:
        - El director/a
        - Jefe/a de estudios
        - Los coordinadores de ciclo.
        - La PT del centro.
        - La PT del Servicio psicopedagógico Escolar.

Reglamento de Régimen Interno

   Conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.

Normas de funcionamiento recogidas en el Título V, Art. 124 de la LOE. 
  • Artículo 124. Punto 1. Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia. 
  • Artículo 124. Punto 2. Las Administraciones educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento.     
Contenidos del RRI: 
  • La organización para la participación de todos.
  • La organización y reparto de responsabilidades.
  • Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
  • La organización de los espacios del centro. 
  • Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.

    En la elaboración del RRI el Claustro podrá aportar criterios y propuestas.
    La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI.
    El RRI será aprobado por el Director/a del centro. 

Programación General Anual

     Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá  todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
     La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación      
Contenidos de la PGA
  • El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
  • Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
  • El PEC y sus modificaciones. Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas. 
  • El programa anual de actividades extraescolares. 
  • La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro. 
  • El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
  • El calendario de evaluación y entrega de la información. 
  • Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
  • Una memoria administrativa con documentos de organización. 
  • El programa anual de formación permanente del profesorado.
  • El programa anual de comedor escolar.    
     La coordinación de la elaboración de la PGA es del Equipo directivo de acuerdo con la directrices de:
     - Consejo escolar
     - propuestas del Claustro y la AMPA.
     - aprobación por parte del Director/a del centro. 

Régimen Económico del Centro


Orden 18 de Mayo de 1995 (40puntos)  Los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.  

  • Buena organización y funcionamiento de los Centros.
  • Transparencia en el gasto.
  • Autonomía en la gestión económica y financiera.  
  • Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios. 
  • Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica. 
  • Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
  • El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro. 
  • Se presentará a la Comisión Económica para su valoración. 
  • Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries “,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior
  • El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico. 
  • El  secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
  • La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.  
  • El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes  a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores.
  • Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda de la Conselleria de Educación. 
  • Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos. 
  • Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
  • Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente. 
  • Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.   





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